La Asociación por los Derechos Civiles considera que la creación mediante una resolución del Registro de Identidad de Usuarios del Servicio de Comunicaciones Móviles, sin pasar por el Congreso, constituiría una violación de derechos.
La Asociación por los Derechos Civiles puso la lupa sobre la creación del Registro de Identidad de Usuarios del Servicio de Comunicaciones Móviles por parte del gobierno de Mauricio Macri.
Dicho registro, puesto en marcha por el Ministerio de Comunicaciones y el Ministerio de Seguridad, determina que el ENACOM tome las medidas «necesarias, destinadas a identificar a todos los usuarios» de telefonía celular de la Argentina.
La recopilación de información quedó a cargo de las operadoras del servicio quienes deberán proceder a la nominación de las líneas telefónicas, es decir, relacionar a cada número de teléfono con el nombre de su titular.
Si bien la ADC, reconoce que «la resolución se enmarca como una acción para combatir el delito complejo y el crimen organizado, fundado en el estado de emergencia de la seguridad pública nacional declarada por el Decreto 228/16», advierte que «el presente Registro ha sido creado mediante una resolución» lo que considera que, al ser implementado «como actualizaciones tecnológicas y/o decisiones administrativas» se evita «el proceso de discusión política que debería necesariamente transitar por el Congreso, fundamentalmente cuando están en juego derechos tan elementales de los ciudadanos como son su privacidad y libertad de expresión». Y añade que «este tipo de mecanismos restringe el debate público y además echa un manto de sospecha sobre la constitucionalidad de las medidas adoptadas por el Estado”.
Otro de los motivos de preocupación es el acceso que la Justicia pueda tener al Registro, al considera que existe una «escasa claridad de la resolución en informar bajo qué razones las autoridades del Poder Judicial o Ministerio Público Fiscal pueden solicitar acceso» a la base de datos de este verdadero «Gran Hermano» de los teléfonos celulares.
Asimismo, la Asociación por los Derechos Civiles remarca su preocupación por la eventual aplicación de «simuladores de torres de celular o IMSI-catchers para extraer información de ciudadanos en protestas, reuniones o eventos públicos, con el fin de obtener información acerca de la identidad de las personas que asisten, lo cual entraría en claro conflicto con los derechos a la libertad de expresión, de reunión y asociación, y a la privacidad».
Para la ADC «esto significaría que autoridades o fuerzas de seguridad (las cuales a través del Protocolo de actuación en manifestaciones públicas anunciado en febrero de este año, tienen facultades para filmar y grabar imágenes) puedan establecer fehacientemente la identidad de los manifestantes».
El antecedente mexicano
Un caso que puede echar claridad sobre este tema es el de México. Allí, en el año 2009, se implementó un registro obligatorio de usuario de teléfonos celulares. Según la ADC las conclusiones son determinantes ya que «no contribuyó a la prevención, investigación y/o enjuiciamiento de delitos relacionados”, por lo que la misma fue derogada tres años después de su entrada en vigencia.
En países como Estados Unidos, Canadá, República Checa, Nueva Zelanda, Rumania y Filipinas, también se debatió sobre registro similiares aunque se desistió en su aplicación.
(con información de ADC)