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Cómo tramitar un seguro de desempleo, en caso de despido

El derecho alcanza a los trabajadores en blanco, legalmente desvinculados sin causa. Les corresponde un pago mensual, asignación familiar y cobertura médica mientras no consiga un nuevo puesto de trabajo.

En la Argentina, el Seguro por desempleo brinda a los trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos sin justa causa, un pago mensual, asignaciones familiares y cobertura médica mientras estén temporalmente sin empleo.
Los beneficiarios son los trabajadores asalariados desocupados despedidos “sin justa causa” o por “fuerza mayor” que cuenten con una cantidad mínima de aportes patronales al Sistema de Seguridad Social (Fondo Nacional de Empleo).

Beneficios

  • Una suma en dinero (prestación básica dineraria).
  • Pago de asignaciones familiares.
  • Cobertura médico asistencial.
  • Reconocimiento de la antigüedad para la jubilación.
  • Posibilidad de cobrar juntas todas las cuotas del Seguro por Desempleo para desarrollar un emprendimiento (Modalidad de Pago Único).

Además, se pueden recibir estas prestaciones:

  • Finalización de estudios primarios y/o secundarios con entrega de certificación de estudios formales.
  • Actividades de formación profesional y capacitación laboral.
  • Mediante las Oficinas de Empleo: orientación laboral, apoyo a la búsqueda de empleo, orientación al trabajo independiente.
  • Cursos de trayectos de orientación laboral.
  • Entrenamiento para el trabajo en el sector privado y ONGs.
  • Apoyo a la inserción laboral en el sector privado y ONGs según la cantidad de horas de actividad diarias.
  • Cuando se terminan de cobrar las cuotas del Seguro, las personas que no consiguieron trabajo pueden solicitar su adhesión al Seguro de Capacitación y Empleo.

La duración del seguro de desempleo varía según el tiempo trabajado y con aportes al Sistema de Seguridad Social (Fondo Nacional de Empleo) en los últimos 2 o 3 años al cese o despido, de acuerdo a la siguiente tabla:

Ley N°24.013 y 25.191 Ley N°25.371
Período de Cotización Duración de las prestaciones Período de Cotización Duración de las prestaciones
De 6 a 11 meses 2 meses 8 a 11 meses 3 meses
De 12 a 23 meses 4 meses 12 a 17 meses 4 meses
De 24 a 35 meses 8 meses 18 a 24 meses 8 meses
36 meses 12 meses

A las personas de 45 años o más, automáticamente se les extiende el Seguro por Desempleo por un período de 6 meses.
El monto de la prestación económica es variable.
Para los casos de las Leyes N°24.013 y N°25.371 el beneficio no puede ser inferior a los $1.875 ni superior a los $3.000, más las Asignaciones Familiares que le correspondan.
En el caso de las prestaciones económicas de la Ley N°25.191 el monto no puede ser inferior a los $1.728 ni superior a $3.456, más las Asignaciones Familiares que le correspondan.
Para desalentar la desocupación voluntaria y estimular la búsqueda de un nuevo empleo existe una escala decreciente en la prestación que se modifica cada cuatro meses.
Durante el primer período se percibe el 100% de la prestación adjudicada, de la cuota quinta a la octava el 85% y el 70% durante los últimos cuatro meses, más las asignaciones familiares correspondientes.

Requisitos para acceder al Seguro de Desempleo

  • Encontrarse en situación legal de desempleo y disponible para ocupar un puesto de trabajo adecuado.
  • Haber aportado al Fondo Nacional de Empleo por un mínimo de 6 meses (Leyes 24.013 y 25.191) u 8 meses (Ley 25.371).
  • No percibir beneficios previsionales o prestaciones no contributivas.
  • Haber solicitado la prestación en los plazos y formas que corresponda.

Obligaciones

  • Proporcionar toda documentación solicitada y comunicar los cambios de domicilio.
  • Aceptar los empleos adecuados que le sean ofrecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y asistir a las acciones de formación para las que sean convocados.
  • Aceptar los controles que establezca la autoridad de aplicación (leer atentamente el ticket o recibo de cobro donde se le indicará día y hora de presentación).
  • Solicitar la suspensión del pago del Seguro por Desempleo al incorporarse a un nuevo trabajo (5 días hábiles para realizar el trámite).
  • Reintegrar los montos de prestaciones indebidamente percibidas.
Dónde tramitar el Seguro por Desempleo

Los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por las Leyes N°24.013 y N°25.371 deben presentarse personalmente en la Unidad de Atención Integral (UDAI) del ANSES más próxima al domicilio. Deben solicitar un turno llamando al 130 o en la página web de la ANSES.
Los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajadores Rurales (Ley N°26.727) deben presentarse en la Delegación del RENATEA más próxima a su domicilio.
Para más información pueden comunicarse al 0800-777-7366 OPCIÓN 1 o en la página web del RENATEA.
En ambos casos el plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral.
Si alguien se presenta fuera del plazo mencionado, los días que excedan de aquel, serán descontados del total del período de prestación que le corresponde.

Documentación necesaria para realizar el trámite
  • Original y duplicado del DNI, LE o LC.
  • En caso de despido sin causa justa el telegrama, carta documento o nota de despido firmada por el empleador y certificada por el banco, escribano público, funcionario de la ANSES o autoridad judicial.
  • Los recibos de sueldo que acrediten la mejor remuneración percibida en los 6 meses anteriores a la fecha de despido.

Más información: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/seguropordesempleo

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Director de Voz por Vos. Locutor, periodista y docente. Conductor de "Ventana Abierta", lunes a viernes de 12 a 14 (FM Milenium -FM 106.7-). Columnista de temas sociales en Radio Ciudad y docente en la escuela de periodismo ETER.
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