Un tribunal federal confirmó la multa contra una de las administradoras de ferrocarriles por haber prestado el servicio “de una manera defectuosa”. Fue a raíz de la denuncia de un pasajero que tuvo que viajar en el escalón del estribo y que sufrió fracturas en sus piernas a causa de piezas de metal que sobresalían de un puente.
La Justicia confirmó una sanción a la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencias S.A (UGOFE) por las lesiones sufridas por un pasajero del tren Roca, que sufrió lesiones en las piernas y al que también deberá otorgarle una indemnización en concepto de daño directo. La multa fue establecida en $500.000.
Según el sitio Diario Judicial, el proceso se inició a raíz de la denuncia del propio pasajero, que manifestó que el día del accident “a causa de la gran cantidad de gente que se disponía a entrar al vagón, fue empujado hacia la puerta y se vio obligado a viajar en el primer escalón del estribo”. El pasajero “golpeó sus piernas con unas piezas de metal que sobresalían de la estructura del puente”. A causa de ese accidente, “sufrió fracturas expuestas de tibia y peroné de la pierna derecha, fractura del primer metatarsiano derecho; y diversos golpes en otras partes del cuerpo, que derivaron en un largo período de rehabilitación y en varias intervenciones quirúrgicas”.
La Secretaria de Comercio consideró que la UGOFE prestó el servicio de ferrocarril de la Línea Roca “de una manera defectuosa”, lo cual constituyó “un peligro para la salud e integridad física del usuario”. Señaló en su resolución que la empresa multada era “proveedora de servicios públicos, y que la relación entre aquella y los pasajeros, constituye una relación de consumo”.
En ese marco, señaló que el consumidor “no debe probar lo que no puede”, y tuvo por cierto que el usuario “viajaba en la formación que administra la empresa demandante y había sufrido el accidente”.
La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, al rechazar el recurso de apelación de la empresa multada, dejó firme la sanción. El Tribunal, compuesto por los jueces Jorge Federico Alemany y Guillermo F. Treacy no tuvo en cuenta las defensas de la empresa, que alegó que no le constaban “los hechos relatados por el denunciante, y que este tampoco acompañó el boleto del pasaje, aun cuando lo había ofrecido como prueba documental en la denuncia”.