Se trata de la confluencia de distintas violencias y vulneraciones, como la violencia de género, violencia institucional en el ámbito de la salud, vulneración de derechos sexuales y reproductivos. Existen derechos para ejercer y puede denunciarse la violación de los mismos.
La violencia obstétrica es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales.
La violencia obstétrica es una de las tantas formas de violencia y discriminación que sufren las mujeres.
Es producto de la confluencia de otros tipos de violencias y vulneraciones: violencia de género, violencia institucional en el ámbito de la salud, vulneración de derechos sexuales y reproductivos, entre otros.
La violencia obstétrica puede afectar a la mujer y a su hijo durante el embarazo, el parto e incluso el post parto.
Se manifiesta mediante prácticas, conductas, acciones u omisiones, sobre la mujer y el recién nacido, realizada por los profesionales de la salud que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, afectan el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres.
La ley de Parto Humanizado reconoce los derechos de las embarazadas y sus hijos a…
- Ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar, para que puedas optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
- Ser tratada con respeto, garantizando tu intimidad y teniendo en consideración tus pautas culturales y necesidades.
- Ser considerada como persona sana, de modo que se facilite tu participación como protagonista de tu propio parto.
- Un parto natural, donde se eviten las prácticas invasivas y el suministro de medicación que no estén justificados por tu estado de salud o el de tu bebé.
- Ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de salud de tu bebé y a ser partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
- Elegir una persona de su confianza para que te acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
- Tener a tu lado a tu hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
Para acceder al texto completo de la ley: Ley 25.929 de Parto Humanizado (2004)
más información: https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos/proteccion/violencia-obstetrica